El Consejo de Ministros aprueba el Reglamento de Circulación Ferroviaria
Su objeto principal es establecer reglas las procedimientos operativos necesarios para mejorar la seguridad y eficiencia de la circulación de los trenes por la Red Estatal Ferroviaria
El Reglamento se ha adaptado a la actual estructura del sistema ferroviario y al nuevo marco legal europeo. Asimismo, agrupa en un documento único la normativa vigente en las tres redes ferroviarias estatales, de ancho métrico, convencional y de alta velocidad, unificando los criterios de operación y reduciendo el número de normas, apostando por la modernización de las instalaciones ferroviarias y la incorporación de nuevas tecnologías.
El Reglamento se estructura en cinco libros. El primero contiene los principios generales, el segundo se refiere a las señales ferroviarias, el tercero es relativo a las reglas de circulación, el cuarto, a las diferentes tipologías de bloqueo de trenes y el quinto, y último, a diferentes tipologías de instalaciones de seguridad. Además, incluye anexos a cada libro con condiciones técnicas de diferentes sistemas de señalización y seguridad.
Adicionalmente, el Real Decreto incluye criterios para la elaboración de los sistemas de gestión de seguridad de los Administradores de Infraestructura y las Empresas Ferroviarias, que facilitarán la adaptación de dichos sistemas al nuevo Reglamento.
Dada la complejidad de la adaptación de todo el sistema ferroviario a las nuevas condiciones de funcionamiento, se han establecido los plazos transitorios necesarios para que, por ejemplo, se dé la formación precisa al personal o se adapten los trenes y las líneas ferroviarias a los nuevos criterios de señalización. En este contexto, las Empresas Ferroviarias y los Administradores de la red presentarán en un plazo de un mes a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria un programa detallado de cómo van a implantar en sus organizaciones el nuevo Reglamento.
fuente Fomento
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