08 junio 2013

Usuarios denuncian a Renfe por publicidad engañosa

Usuarios del AVE denuncian a Renfe ante Consumo por publicidad engañosa

7/06/2013
El colectivo hace referencia a los artículos 5, 7 y 21 a 27 de la Ley de Competencia Desleal (LCD) y la denuncia se refiere a un mensaje publicitario en el que se recoge una promoción sobre este producto.
La Asociación ha explicado que este mensaje publicitario recoge que "el abono plus es un formato de abono modular que permite contratar entre 30 y 50 viajes, según las necesidades de cada cliente", que tiene un periodo de validez de seis meses desde la fecha de la compra y que en este periodo se utilizará durante los 30 días siguientes a la fecha de la primera formalización, incluida ésta. Además, se indica que la formalización de la plaza es obligatoria, permitiendo un máximo de una por tren.
Los usuarios consideran que el mensaje publicitario constituye "publicidad engañosa", pues se cumplen "todos los requisitos para calificar a dicha promoción comercial como tal".
En concreto, han explicado que contiene una manifestación "falsa o incierta" porque permite contratar entre 30 y 50 viajes, "según las necesidades de cada cliente".
Sin embargo, la Asociación ha asegurado que para que el cliente no pierda dinero debe viajar 14 días seguidos (incluidos festivos) a Madrid en el caso del bono de 30 viajes, si bien los socios lo utilizan para desplazarse por trabajo a Madrid y por tanto sólo lo utilizarían los cinco días laborables de cada semana, y de la misma manera para bonos de 35, 40 o 50 viajes.
En este sentido, consideran que es "susceptible de inducir a error" a los potenciales adquirentes del producto (consumidores y usuarios), que pueden comprar el producto "inducidos por el error", que puede tener relación directa con la decisión de compra del producto. "Si no tuvieran dicho error, no comprarían probablemente el producto", han asegurado.
Por ello, consideran que los hechos podrían ser constitutivos de un ilícito publicitario engañoso contra consumidores y usuarios, por lo que piden que se indemnice por los daños y perjuicios causados, que se cese el anuncio y se rectifique el mismo "en el sentido de permitir a los consumidores poder utilizar dichos bonos en un período más amplio: bono de 30 para 60 días, bono de 50 para 100 días y así correlativamente".

fuente  http://www.eleconomista.es

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